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Conoce qué cubre la póliza de propiedad horizontal en Colombia, qué incluye el seguro de áreas comunes, los errores más comunes y cómo gestionarla.
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Conoce qué cubre la póliza de propiedad horizontal en Colombia, qué incluye el seguro de áreas comunes, los errores más comunes y cómo gestionarla.

AL DÍA
El ascensor falla y hay un herido. Todo el consejo llama y la primera pregunta es: ¿estamos cubiertos? Si la respuesta no es un sí inmediato y documentado, el problema acaba de duplicarse.
La póliza es obligatoria por ley, pero gestionarla no es solo pagar la prima. Es entender qué exclusiones tiene, cuándo vence y si el valor asegurado refleja el costo de hoy, no el de hace 15 años.
obligatoriedad legal de
tener póliza de áreas comunes
de conjuntos tienen valores
asegurados desactualizados
plazo máximo promedio para
reportar inicialmente un daño
FUNDAMENTOS
Protege contra daños físicos en zonas comunes, responsabilidad civil extracontractual ante accidentes y daños a instalaciones críticas como ascensores y bombas.
La Ley 675 obliga al administrador a mantenerla vigente. No renovarla a tiempo traslada la responsabilidad legal directamente al administrador.
Muchos siniestros quedan sin cobertura porque el daño estaba en la lista de exclusiones que nadie leyó. La revisión anual con un experto no es burocracia, es defensa patrimonial.
Protección contra daños en vestíbulos, pasillos, piscinas y zonas verdes por eventos accidentales.
Asumir que cubre daños por desgaste natural de las instalaciones es un error de gestión.
Cubre reclamos legales por lesiones ocurridas en áreas comunes, protegiendo el patrimonio del conjunto.
Sin esta cobertura vigente, los propietarios responden con su dinero ante una demanda.
Cobertura para ascensores, bombas de agua y sistemas de seguridad ante fallas eléctricas o mecánicas.
No registrar el historial de mantenimiento puede invalidar la garantía de la aseguradora.
Respaldo ante eventos de fuerza mayor que comprometan la estructura de la copropiedad.
Tener valores asegurados antiguos hará que la indemnización no alcance para reconstruir.
Cobertura opcional contra inundaciones, terremotos o granizadas que afecten las zonas externas.
No revisar el anexo de fenómenos naturales deja desprotegidas las áreas más vulnerables.
Defensa jurídica en procesos derivados de siniestros ocurridos dentro de la propiedad horizontal.
No informar al consejo sobre los límites de la defensa legal genera falsas expectativas.
Exposición total ante cualquier siniestro; responsabilidad civil del administrador.
La indemnización no cubre el costo real del daño por inflación y costos actuales.
Siniestros que se asumen cubiertos pero legalmente no lo están.
En el momento del siniestro, nadie sabe a quién llamar ni el número de contrato.
El consejo toma decisiones de mantenimiento sin saber qué riesgos están cubiertos.
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la operatividad en excelencia
¿Sabes exactamente qué cubre tu póliza hoy, cuándo vence y si el valor asegurado refleja el costo de reposición actual? No esperes al siniestro para descubrir los vacíos de tu gestión.
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Sí, la Ley 675 lo establece para toda PH. El administrador responde legalmente si no existe.
Zonas comunes, responsabilidad civil, equipos eléctricos y mecánicos, y fenómenos naturales.
Anualmente o cuando el conjunto realice reformas o adquiera nuevos equipos costosos.
El administrador propone varias opciones, y el consejo aprueba la que mejor se adapte al presupuesto.
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