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Revisa los 14 numerales del artículo 51 de la Ley 675, las funciones del administrador y su relación con la responsabilidad del artículo 50.
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Revisa los 14 numerales del artículo 51 de la Ley 675, las funciones del administrador y su relación con la responsabilidad del artículo 50.

El consejo pide una decisión y un propietario exige otra. Para saber qué puede ejecutar el administrador y qué necesita autorización, conviene regresar a sus funciones legales.
El artículo 51 es una lista de obligaciones que debe leerse junto con el reglamento y las competencias de los demás órganos. Aquí se explica numeral por numeral y se conecta con el respaldo documental de la gestión.
Incluye una cláusula final sobre otras funciones legales y reglamentarias
Ejecución, conservación, representación y recaudo
Regula representación y responsabilidad por perjuicios
La Ley 675 de 2001, artículo 51 contiene 14 numerales, no diez. Este resumen no sustituye su texto ni las restricciones del reglamento.
Para el contexto general de la gestión, consulta también el papel del administrador de un conjunto residencial. Esta guía se concentra en el alcance de la norma y sus evidencias de cumplimiento.
Dato clave: Ejecutar una decisión no permite ignorar la ley. Comprueba competencia, reglamento, presupuesto y soportes antes de actuar.
Prepara convocatoria, orden del día, cuentas y presupuesto.
El artículo 39 remite a la fecha del reglamento; en su silencio, a los tres meses siguientes al cierre presupuestal. No siempre equivale a enero–marzo.
Mantén registros actualizados y comunica las decisiones.
Conserva versiones finales y evidencia de comunicación, protegiendo los datos personales.
Relaciona cada cobro, pago y obligación con su soporte.
El cobro judicial es una función legal; la contratación del apoderado y el gasto deben respetar las reglas aplicables.
Programa inspecciones y registra mantenimiento y novedades.
Documenta el riesgo detectado, la decisión adoptada y el seguimiento; no basta con cerrar una solicitud sin soporte.
Verifica facultades antes de celebrar contratos u otorgar poderes.
Los actos ajustados a ley y reglamento vinculan a la persona jurídica; no toda firma requiere la misma autorización.
Notifica y ejecuta sanciones del órgano competente; certifica el estado de cuenta.
No confundas ejecutar con imponer una sanción. Respeta el debido proceso y verifica la ejecutoria.

Puede llevar a incumplimiento o extralimitación.

Se puede desconocer el calendario reglamentario o el cierre presupuestal.

Se dificulta justificar el uso de los recursos.

La información puede quedar incompleta bajo responsabilidad del administrador.

Puede afectar el debido proceso y la competencia del órgano decisor.
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El artículo 51 se vuelve útil cuando cada función tiene un responsable, una fecha y una evidencia. Esa trazabilidad ayuda a rendir cuentas sin depender de la memoria.
La organización documental apoya el cumplimiento, pero no reemplaza el criterio profesional ni las autorizaciones que exige el reglamento.
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Tiene 14. El último incluye las demás funciones previstas por la ley, el reglamento y la asamblea.
El 51 describe las funciones; el 50 regula, entre otros aspectos, representación y responsabilidad por perjuicios.
No puede dejar sin efecto una obligación legal. Las decisiones y funciones adicionales deben respetar la ley y el reglamento.
Sí. El parágrafo del artículo 51 establece que su representante legal actúa en representación del edificio o conjunto.
No. La presunción de culpa leve no elimina el análisis del perjuicio, la causalidad y los demás elementos del caso.
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